Category: Noticia Eficiencia Energética

Categoría: Noticia Eficiencia Energética

Como cumplir el Real Decreto de Auditoría Energética.

Para que quede aún más claro, para auditar es imprescindible contar con un sistema de medida fijo en los cuadros eléctricos y demás portadores energéticos. Se debe contar con un sistema gestor de energía y si es posible que formen parte de una homologación ISO50.001, las auditorías se harán mediante estos sistemas de manera continuada y las mejoras planteadas e implementadas serán comprobadas en todo momento mediante dichos sistemas en un proceso cíclico de mejora continua.

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Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.

B.O.E.

No lo decimos nosotros, lo dice AENOR:

PDUs monitorizables y gestionables de Racktivity en el CERN (Acelerador de partículas)

Racktivity suministra más de 300 PDUs monitorizables y gestionables para el DataCenter del CERN en Suiza. Controla más de 8.000 cargas optimizando y mejorando la gestión del Data Center existente.

En el siguiente video de la televisión pueden observarse las PDUs instaladas a partir del minuto 11:40.

Video Televisión Holandesa.

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Vista 3D del DataCenter antes de la incorporación de las PDUs de Racktivity:

Publicado en el BOE el nuevo real decreto que obliga a las empresas a mejorar la eficiencia energética.

Las grandes empresas tendrán hasta el 13 de noviembre para realizar una auditoría para mejorar su consumo energético. Se establecen los requisitos mínimos para los profesionales, tanto auditores energéticos como proveedores de servicios energéticos.   El Consejo de Ministros ha aprobado el sábado 13 de febrero un Real Decreto que transpone la Directiva de Eficiencia Energética  2012/27/UE en lo referente a auditorías energéticas.

  • Las grandes empresas tendrán hasta el 13 de noviembre para realizar una auditoría para mejorar su consumo energético.
  • Se establecen los requisitos mínimos para los profesionales, tanto auditores energéticos como proveedores de servicios energéticos.
  • Para las auditorías que deberán realizarse periódicamente será válido y recomendable un sistema gestor de energía fijo propiedad de la empresa.

El Consejo de Ministros ha aprobado el sábado 13 de febrero un Real Decreto que transpone la Directiva de Eficiencia Energética  2012/27/UE en lo referente a auditorías energéticas, promoción de la eficiencia del suministro de energía y acreditación de auditores y proveedores de servicios energéticos.

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B.O.E. Real Decreto Eficiencia Energética

Dicho Real decreto se enfoca en todo momento hacia la universalización de la ISO50.001, para lo cual es preciso contar con un sistema de gestión de energía que además permita la implementación de medidas enfocadas a la eficiencia energética.

iso-50001

No existe eficiencia energética si no se mide antes, durante y después de la implantación de medidas enfocadas a optimizar y reducir los consumos de los portadores energéticos. La eficiencia energética implica gestionar la energía en tiempo real y de manera continua, sin un sistema gestor de energía es imposible. Las auditorías energéticas son un paso previo pero no suficiente para cumplir con el enfoque final del nuevo Real Decreto.

El Real Decreto, aprobado con 20 meses de retraso con respecto a la fecha límite fijada por Europa, establece la obligación de realizar auditorías energéticas para las grandes empresas de más de 250 trabajadores o más de 50 millones de euros de volumen de negocio y un balance general que exceda de 43 millones de euros.

Las auditorías energéticas deberán cubrir, al menos, el 85% del consumo total de energía del conjunto de sus instalaciones, y deberán realizarse al menos cada cuatro años. Se estima que esta medida será de aplicación a unas 3.800 empresas en España, con cerca de 27.000 establecimientos o locales.

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Las empresas tendrán un plazo de nueve meses para realizar las auditorías, por lo que la fecha límite sería el 13 de noviembre de 2016. Podrán sustituirlas además por un sistema de gestión energética, que deberá de estar basado en una auditoría energética,  o ambiental e incorporar certificados de eficiencia energética de edificios en vigor.

Las auditorías serán realizadas por auditores energéticos profesionales que cumplan con los requisitos de cualificación que se establecen en este Real Decreto, sin perjuicio de que también podrán realizarse por personal interno cualificado.

El Real Decreto también establece los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de proveedores de servicios energéticos, que deberán acreditar su cualificación en materia energética mediante titulación universitaria o de FP, o bien acreditando su competencia profesional teórica y práctica.

Soluciones para gestión de energía.

Soluciones para eficiencia energética.

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